Ayudas 2026

Ayudas para tu punto de recarga en 2026

Hoy, lo que tiene un particular es la deducción en la renta: el 15 % de lo que pagues, hasta 600 €, si la instalación queda terminada y pagada antes del 31 de diciembre de 2026.

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Mano conectando el conector de carga a un coche eléctrico en un garaje de nocheImagen ilustrativa

La deducción del 15 % en el IRPF

Está en la Ley del IRPF, disposición adicional 58.ª, prorrogada para 2026. En corto:

  • Cuánto: el 15 % de lo que pagues a la empresa que hace la instalación.
  • Tope: base máxima de 4.000 € al año, es decir, hasta 600 € de deducción.
  • Dónde: en un inmueble de tu propiedad que no esté afecto a una actividad económica. Vale una plaza en un garaje comunitario si eres copropietario.
  • Qué cuenta: los equipos y materiales, la instalación y las obras necesarias.
  • Cómo pagar: tarjeta o transferencia. Lo pagado en efectivo no cuenta.
  • Cuándo: la instalación tiene que terminar en 2026 y solo cuenta lo pagado hasta el 31 de diciembre de 2026.

¿Y el MOVES?

El programa estatal MOVES III estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Hoy no hay una convocatoria abierta para el punto de recarga de un particular en las zonas donde trabajamos. Si tu comunidad o tu ayuntamiento abre una línea nueva, te lo decimos al presupuestar.

Esperar a una subvención que no existe puede hacerte perder lo que sí existe: tal y como está hoy la ley, la deducción no llega a instalaciones terminadas después de 2026.

Qué tienes que guardar

  1. La factura a tu nombre, con tu NIF, la dirección del inmueble y el concepto desglosado.
  2. El justificante de pago con tarjeta o transferencia.
  3. El certificado de instalación registrado (el boletín). Qué es y quién lo emite.

En la renta de 2026 (la que se presenta en 2027), busca en deducciones la de instalación de infraestructura de recarga.

Información general revisada en el BOE el 19 de octubre de 2026. No sustituye a tu asesoría: confírmalo antes de presentar la declaración.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Cuánto me puedo deducir por instalar un punto de recarga?

El 15 % de lo que pagues por la instalación, con una base máxima de 4.000 € al año: hasta 600 €. Se aplica en la renta del año en que termina la instalación, que tiene que ser 2026.

¿Vale la deducción si la plaza es de alquiler?

No. La ley pide que el inmueble sea de tu propiedad. Puedes poner el cargador con permiso del propietario, pero la deducción no es para ti.

Si lo financio, ¿puedo deducirlo?

La ley cuenta lo pagado a quien hace la instalación, y con financiación quien paga suele ser la financiera. Pregunta a tu asesoría cómo computa en tu caso antes de firmar.

¿Hay subvención para el punto de recarga en 2026?

Para un particular, hoy no hay una convocatoria abierta en nuestra zona: el MOVES III terminó el 31 de diciembre de 2025. Lo que sí existe es la deducción del 15 % en el IRPF.

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