Legalización

Legalización del punto de recarga: el boletín, explicado

Un punto de recarga es una instalación eléctrica nueva y tiene que quedar certificada y registrada. Lo hacemos nosotros: tú solo guardas el papel.

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Caja de protecciones de un punto de recarga instalado por Mosal Electric, con magnetotérmico y diferencial

Qué es el boletín

«Boletín» es el nombre de siempre del certificado de instalación eléctrica. En un punto de recarga certifica que la línea, sus protecciones y el cargador cumplen el Reglamento electrotécnico para baja tensión y su instrucción de recarga, la ITC-BT-52.

Según el artículo 18 del reglamento: la instalación solo la puede hacer una empresa instaladora; al terminarla y verificarla, esa empresa emite el certificado, y el certificado se presenta ante el órgano competente de la comunidad autónoma, que lo registra.

Dónde se registra en tu comunidad

  • Comunidad de Madrid: ante el órgano de industria de la Comunidad de Madrid, con su modelo oficial de certificado de instalación en baja tensión.
  • Castilla-La Mancha: la empresa instaladora lo presenta ante la Dirección Provincial correspondiente, por la sede electrónica de la Junta de Comunidades.
  • Granada y Almería: ante el órgano competente en industria de la Junta de Andalucía.

En todos los casos lo presentamos nosotros. Tú no tienes que hacer ningún trámite: te damos el certificado registrado.

¿Memoria técnica o proyecto?

En una vivienda o en una plaza de garaje, con un cargador de 7,4 kW, basta una memoria técnica de diseño. El proyecto se exige en recargas de más de 50 kW, en exteriores de más de 10 kW o en recarga en corriente continua.

Para qué lo vas a necesitar

  1. Hacienda. La deducción del 15 % del IRPF exige contar con las autorizaciones y permisos vigentes. Mira cómo funciona la deducción.
  2. Tu seguro. Si un día hay un problema eléctrico, el certificado acredita que la instalación cumplía el reglamento.
  3. Tu comunidad. En un garaje compartido es lo que enseñas cuando preguntan si es segura.
  4. Si vendes o alquilas. Tener el papel a mano evita discusiones.
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Es obligatorio legalizar un punto de recarga?

Sí. Es una instalación eléctrica nueva o una ampliación de la tuya, y el reglamento obliga a que la haga una empresa instaladora y a que se certifique y se registre.

Tengo un cargador puesto sin boletín, ¿qué hago?

Lo normal es que una empresa instaladora lo revise, adapte lo que no cumpla y certifique la instalación. Lo que no se puede es certificar una obra que nadie ha verificado.

¿La legalización va aparte en el presupuesto?

No: el certificado y su registro van incluidos en nuestra instalación.

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